Apostar en deportes por internet en México no es un delito para el jugador, pero tampoco existe una licencia de "apuestas deportivas online" independiente: la actividad se regula bajo la misma Ley Federal de Juegos y Sorteos de 1947 y su Reglamento, aplicados por la Dirección General de Juegos y Sorteos (DGJS) de la SEGOB, a través de la figura del "libro foráneo" o centro de apuestas remotas —un complemento a un permiso terrestre ya otorgado, no una licencia autónoma para internet—. Casas con presencia física de larga data, como Caliente y Codere, operan pronósticos deportivos con permiso SEGOB citable; muchas casas de apuestas offshore que aceptan mexicanos, en cambio, solo tienen licencia de otra jurisdicción (Curaçao, por ejemplo), no un permiso mexicano. Es un mercado gris tolerado: anunciar operadores no autorizados está técnicamente restringido pero rara vez se aplica contra el jugador individual. Lo único que cambió de forma confirmada en 2025-26 es fiscal (el IEPS a apuestas subió del 30% al 50% desde el 01/01/2026); una reforma de fondo de la ley de 1947 sigue en trámite, no es ley. Actualizado en julio de 2026. Solo para mayores de 18 años.
La misma ley de 1947, aplicada a las apuestas deportivas
Las apuestas deportivas en México no tienen un marco legal propio y separado del resto del juego: se rigen por la Ley Federal de Juegos y Sorteos de 1947 y su Reglamento de 2004 (reformado después), la misma base legal que cubre casinos, hipódromos y sorteos. La autoridad es la Dirección General de Juegos y Sorteos (DGJS), dependiente de la Secretaría de Gobernación (SEGOB). El punto de partida de la ley es una prohibición general —los juegos de azar y las apuestas están prohibidos salvo permiso expreso—, y las apuestas deportivas quedan encuadradas dentro de esa misma lógica de excepción autorizada, no de libre operación.
El Reglamento introduce la figura concreta que aplica aquí: el "libro foráneo" o centro de apuestas remotas, un establecimiento autorizado para captar apuestas sobre eventos y competencias deportivas que se celebran fuera del propio local. Esta figura puede otorgarse de forma complementaria a un permisionario que ya cuenta con un permiso terrestre (por ejemplo, de hipódromo o galgódromo) — es decir, ni siquiera dentro del sistema legal mexicano existe una "licencia de apuestas deportivas" que se pueda solicitar de forma autónoma; siempre se apoya en un permiso físico previo. Esa misma lógica de "complemento a un permiso ya existente" es la que luego se trasladó, en la práctica, a la oferta digital.
Casas con permiso local frente a casas de apuestas offshore
Un puñado de casas de apuestas con presencia física de larga data en México sí opera pronósticos deportivos con permiso SEGOB/DGJS citable. Caliente, por ejemplo, declara en sus propios términos y condiciones (calientecasino.com.mx/terminos-y-condiciones) estar registrada ante la Secretaría de Gobernación bajo varios números de permiso SEGOB (incluidos 03923, 6680, 7540, 8599, 0608 y 0607, además de oficios posteriores de la DGJS). Codere México cita de forma similar varias sociedades permisionarias con número de folio en sus propios términos (salas.codere.mx/terminos-y-condiciones), incluida Libros Foráneos S.A. de C.V. —el nombre de la sociedad ya remite directamente a la figura del libro foráneo—. Betsson declara en su blog corporativo estar autorizado por la DGJS/SEGOB y operar a través de una sociedad mexicana, aunque sin detallar el número de permiso exacto de esa sociedad en esa página.
Frente a ellas, la gran mayoría de las casas de apuestas deportivas offshore que aceptan jugadores mexicanos —incluidos casi todos los libros que operan con criptomonedas— NO tienen ni pueden tener, bajo este modelo, un permiso propio de la DGJS: operan con licencia de Curaçao o de Anjouan, jurisdicciones que las autorizan en su propio territorio pero que no equivalen a una autorización mexicana. Ninguna licencia offshore sustituye a un permiso SEGOB, y ningún permiso SEGOB certifica por sí solo la calidad del producto — son cosas distintas, y confundirlas es el error más común al leer el pie de página de una casa de apuestas.
¿Estás haciendo algo ilegal si apuestas en una casa offshore?
Esta es la pregunta que más ansiedad genera, y la respuesta honesta es matizada: la Ley de 1947 sanciona a quien organiza u opera juegos con apuestas sin permiso, no al jugador individual que hace una apuesta. México es, en la práctica, un mercado gris tolerado — anunciar operadores no autorizados está técnicamente restringido, pero no hemos verificado casos de persecución penal contra jugadores individuales por apostar en una casa offshore. Eso no equivale a decir que la actividad esté "autorizada": el vacío regulatorio significa que el marco no contempló este escenario, y esa falta de persecución en la práctica podría no ser permanente si la reforma en trámite avanza con una autoridad y facultades de sanción ampliadas.
Nuestra recomendación es no confundir tolerancia con garantía: verifica siempre la licencia y la reputación pública del operador antes de depositar, prioriza casas con permiso SEGOB citable cuando te sea posible, y si eliges un libro offshore, hazlo con los ojos abiertos sobre lo que eso significa para tu recurso en caso de disputa (normalmente, solo el propio operador o el organismo licenciador extranjero, no una autoridad mexicana).
Impuestos sobre tus ganancias en apuestas deportivas
Ganar una apuesta deportiva en México tiene una consecuencia fiscal aparte de la legal. Bajo el "impuesto sobre premios" de la Ley del ISR (Título IV, Capítulo VII, artículos 137 a 139), la tasa federal base es del 1% sobre el valor del premio, sin deducción, y puede subir hasta el 21% si el estado donde se paga el premio cobra un impuesto local superior al 6% (CDMX aplica un 6% local, según fuentes fiscales). Cuando una casa con permiso en México te paga el premio, esa retención suele aplicarse de forma automática y con carácter de pago definitivo; cuando apuestas en una casa offshore que no retiene en territorio nacional, la obligación de declarar y pagar recae en ti. Tienes el detalle completo, con ejemplos por estado, en nuestra guía de impuestos sobre ganancias de casino y apuestas.
Aparte del impuesto sobre premios que puede recaer sobre ti como jugador, existe el IEPS que paga el operador sobre sus propios ingresos — no es lo mismo, y no lo verás descontado directamente de tu ganancia individual. Ese impuesto es justo lo que cambió de forma confirmada en 2025-26, y lo explicamos en la siguiente sección.
Qué está cambiando en 2025-26: el IEPS al 50% y la reforma en trámite
Lo único ya confirmado y en vigor sobre las apuestas deportivas digitales es fiscal: el decreto que reforma la Ley del IEPS, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 07/11/2025 como parte del Paquete Económico 2026, elevó la tasa aplicable a los juegos con apuestas y sorteos —incluidos los pronósticos deportivos— del 30% al 50% sobre el valor de las apuestas, vigente desde el 01/01/2026. Esta reforma alcanza de forma expresa a las plataformas digitales, incluidas las que operan desde el extranjero sin establecimiento en México: apunta directamente al modelo offshore que domina buena parte del mercado de apuestas deportivas online.
Al mismo tiempo, hay una iniciativa presentada en octubre de 2025 (diputado Ricardo Mejía Berdeja) para derogar la Ley de 1947 y crear un Instituto Nacional de Juegos y Sorteos, y al menos dos iniciativas distintas para restringir la publicidad de casinos y apuestas en TV de cara al Mundial 2026 (Abramo Masso; Pintos Caballero). NINGUNA de estas reformas de fondo ha sido confirmada como ley al cierre de esta actualización — siguen en comisiones. Si se aprobara una reforma con facultades de sanción ampliadas, podría cambiar el margen de tolerancia actual hacia las casas offshore de apuestas deportivas; por ahora, verifica siempre el estado vigente contra la fuente primaria (DOF, Gaceta Parlamentaria) antes de asumir un cambio.
Cómo verificar tú mismo antes de apostar
No necesitas ser abogado para hacer una verificación razonable antes de apostar en una casa de apuestas deportivas. Ve a sus términos y condiciones y busca el nombre de una sociedad mexicana (S.A. de C.V.) distinta de la marca comercial, junto con un número de permiso SEGOB/DGJS citado explícitamente. Si en cambio solo ves una licencia de Curaçao o de Anjouan y ninguna sociedad mexicana, trátala como una casa offshore: verifica en su lugar esa licencia y la reputación pública del operador (Casino.Guru, AskGamblers, Trustpilot) antes de depositar. Ninguna de las dos rutas —permiso local o licencia offshore verificada— es automáticamente "segura"; lo que cambia es a quién puedes acudir si algo sale mal.
Preguntas frecuentes
¿Es legal apostar en deportes por internet en México?
No es un delito para el jugador. No existe una licencia de apuestas deportivas online independiente: la actividad se regula bajo la Ley de 1947 y su Reglamento, vía la figura del libro foráneo/centro de apuestas remotas, aplicada por la DGJS/SEGOB. Es un mercado gris tolerado. Verifica siempre la licencia del operador antes de depositar. Solo para mayores de 18 años.
¿Me pueden multar por apostar en una casa de apuestas offshore?
La ley sanciona a quien organiza u opera juegos con apuestas sin permiso, no al jugador individual. No hemos verificado casos de persecución penal contra jugadores por apostar en una casa offshore. Eso no equivale a una autorización explícita: es tolerancia de facto, que podría cambiar si avanza la reforma en trámite. Verifica siempre la licencia y la reputación del operador.
¿Qué casas de apuestas tienen permiso de la DGJS en México?
Casas con presencia física de larga data, como Caliente (que cita varios números de permiso SEGOB en sus propios términos) y Codere (que cita sociedades permisionarias con folio, incluida Libros Foráneos S.A. de C.V.), operan pronósticos deportivos con permiso local verificable. Betsson declara autorización DGJS/SEGOB en su blog corporativo, sin detallar el número exacto de permiso de su sociedad. La mayoría de las casas offshore no tienen este tipo de permiso.
¿Qué es un "libro foráneo" o centro de apuestas remotas?
Es la figura del Reglamento de la Ley de 1947 que autoriza a un establecimiento a captar apuestas sobre eventos deportivos que se celebran fuera de su propio local. Puede otorgarse como complemento a un permiso terrestre ya existente (por ejemplo, de hipódromo) — no es una licencia autónoma para apuestas deportivas online.
¿Tengo que pagar impuestos si gano una apuesta deportiva en México?
Sí, potencialmente. El impuesto sobre premios de la Ley del ISR aplica una tasa federal del 1% (hasta el 21% según el estado) sobre el valor del premio. Si una casa con permiso local te paga, suele retenerlo automáticamente; si ganas en una casa offshore sin retención en México, la obligación de declarar recae en ti. Consulta nuestra guía de impuestos sobre ganancias para el detalle — esto no es asesoría fiscal.
¿Va a cambiar la legalidad de las apuestas deportivas en México en 2026?
Lo único confirmado hasta ahora es fiscal: el IEPS a las apuestas subió del 30% al 50% desde el 01/01/2026, incluidas las plataformas extranjeras. Una reforma de fondo de la Ley de 1947 y proyectos de restricción publicitaria siguen en trámite legislativo — no son ley. Verifica el estado vigente contra el DOF o la Gaceta Parlamentaria antes de asumir un cambio.
Fuentes y lecturas adicionales
- Ley Federal de Juegos y Sorteos — texto (Cámara de Diputados)
- Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos — Orden Jurídico Nacional (SEGOB)
- Dirección General de Juegos y Sorteos — sitio oficial
- Caliente Casino — Términos y condiciones (permisos SEGOB citados)
- Codere México — Términos y condiciones (permisos SEGOB citados, incl. Libros Foráneos S.A. de C.V.)
- DOF — Decreto que reforma la Ley del IEPS, juegos con apuestas y sorteos (07/11/2025)
- Yogonet — México busca prohibir la publicidad televisiva de casinos y apuestas online en horario familiar (19/02/2026)
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